lunes, 23 de febrero de 2015

Seguridad Social a Largo Plazo

Hemos de resumir los conceptos de la seguridad social a largo plazo en los siguientes mapas conceptuales:



Podemos apreciar que los aportes solidarios, con la comisión a la AFP, y el Fondo ProVivienda, se paga en cualquier caso, sin embargo el aporte a Fondo de Capitalización Individual (FCI) que es la cotización mensual, se tiene la opción de NO aportar siempre que ya se cuente con una renta en el sistema de pensiones o goce de pensión de jubilación. Así también cuando una persona es mayor de 65 años se encuentra libre de las primas de riesgo profesional y riesgo común, ya que estas solo pueden hacerse efectivas hasta esa edad.

De lo anterior, podemos combinar y sacar cuatro grupos:

a) Menores de 65 años que aportan al Fondo de Capitalización Individual.
b) Menores de 65 años que NO aportan al Fondo de Capitalización Individual.
c) Mayores de 65 años que aportan al Fondo de Capitalización Individual.
d) Mayores de 65 años que NO aportan al Fondo de Capitalización Individual.

De donde, tenemos que los aportes de cada grupo serán:

a-b-c-d) Pro Vivienda 2%; Aporte Patronal Solidario 3%; Aporte Laboral Solidario 0,5%; Aporte Nacional Solidario (Cuando Corresponda); Comisión de la AFP.
a) F.C.I. 10%; Prima de Riesgo Común 1,71%; Prima de Riesgo Profesional 1,71%
b) Prima de Riesgo Común 1,71%; Prima de Riesgo Profesional 1,71%
c) F.C.I. 10%
d) -

En los formularios de pago en AFP, precisamente se separan estos cuatro tipo de dependientes, separando por columnas de Total Ganando, y aplicando los porcentajes correspondientes.

viernes, 6 de febrero de 2015

Planilla de Sueldos y Salarios

Se dice que remuneración al trabajo eminentemente intelectual es llamada sueldo, mientras que al eminentemente físico es llamado salario. Por esta razón la remuneración de autoridades electas es denominada dieta, ya que no podía denominarse sueldo ni salario, ya que no realizan esfuerzo físico o intelectual. De acuerdo a algunos autores, al computar el tiempo para remunerar existe otra diferencia, los sueldos se computan en base a un mes comercial, es decir, se paga por 30 días sea el mes que sea; en salarios se computa el tiempo real, es decir, en febrero por 28 o 29 días, mayo por 31 días, junio por 30 días.

Para describir los campos (columnas) de esta planilla hemos de utilizar un formato utilizado en empresas de naturaleza comercial, ya que es la base para otro tipo de empresas.
En los datos generales de los trabajadores, podemos utilizar los campos (1), (5), (8), (9), (10), (11) y otros de la Base de Datos de los trabajadores que consideremos relevantes en esta planilla, en el orden que consideremos apropiado.

Haber Básico, también llamado ‘básico asignado’ que es el importe acordado entre el empleador y el trabajador como remuneración por un mes de trabajo regular (es decir, que no haya existido faltas o permisos) sin considerar otras bonificaciones. Este importe se debe obtener del ‘Contrato de Trabajo’ individual del trabajador, o bien del ‘Convenio de Incremento Salarial’ que es el contrato colectivo con los trabajadores.

Es importante hacer notar que en el formato elaborado por el Ministerio de Trabajo se omite esta columna, y dicha planilla se encuentra enfocada para empresas de carácter industrial. Podemos intentar adivinar las causas para la omisión, como que en las industriales se considera más el comprometido por día de trabajo, ya que tenemos otras columnas como horas extras, dominicales, etc., dejando a libre criterio para empresas de otra naturaleza.

Días Trabajados, este dato lo obtenemos del control de asistencia, y es para determinar la proporcionalidad respecto a lo comprometido (Haber Básico) y lo remunerado (Haber Mensual), haciendo notar que en el ejemplo es para un entorno comercial, ya que de ser industrial, tendríamos que disgregar los días hábiles en el mes, los días dominicales y feriados.

Haber Mensual, es el importe que representa la remuneración correspondiente al mes del cual se elabora la planilla, proporcional al ‘haber básico’ en función a los días trabajados. Hacemos notar que en las empresas comerciales se calcula en base a 30 días, mientras que en las industriales se toman en cuenta de forma exclusiva los días hábiles y se utiliza otro campo para los dominicales y feriados.

Bono de Antigüedad, es un beneficio que se paga en base a un Salario Mínimo Nacional, y en empresas productoras (yo entiendo industriales) sobre tres SMN, de acuerdo a la siguiente escala:

De          A             PdL
02           04           05%
05           07           11%
08           10           18%
11           14           26%
14           19           34%
20           24           42%
25           ->           50%

Sobre el computo de antigüedad yo tengo una observación a las prácticas (en donde he podido observar) que se efectúan al realizar dicho cálculo, la cual pueden ir en el siguiente link (_____).

Este bono ha sido reemplazado en algunos ámbitos por otro llamado “Bono de Categoría”, como ser en el magisterio, ejercito, docencia universitaria en el sistema público, etc., dejándose de pagar el mismo. También se permite reemplazar dicho bono por otro que favorezca a los trabajadores previo convenio aprobado por autoridad competente.

Otras Bonificaciones, se trata de otras remuneraciones que nacen de la actividad, NO incluyen horas extras, ya que eso es otro concepto en empresas industriales que va de la mano con el haber mensual, sino se refiere a beneficios que surgen la actividad, como ser comisiones, incentivos, y otros, también incluyen al ‘Bono de Frontera’, que es un beneficio para aquellos trabajadores que viven geográficamente cerca a los límites limítrofes del país, correspondiente al 20% del haber mensual.

Total Ganado, es el resultado (termino aritmético adecuado para la suma) de los campos que van desde haber mensual, hasta la última bonificación, que resulta el ingreso bruto del trabajador antes de aplicarse los descuentos, convirtiéndolo posteriormente en su ingreso neto.Este campo es base de cálculo para planillas posteriores, así como para el control del registro en Contabilidad, por lo que hemos de tener cuidado al momento de determinarlo.

Descuentos de Ley, este concepto es por seguridad social a largo plazo, y puede encontrarse en un solo campo, dos campos, cinco campos o seis campos, dependiendo como deseamos presentarlo en nuestra planilla, debido a que tiene cinco conceptos, y que tiene algunas restricciones en los mismos, considero necesario crear esta entrada para desarrollarlos.

Sueldo Neto, este campo es opcional y resulta de la diferencia entre el Total Ganado y el Resultado de los Descuentos de Ley, traduciendo: Total Ganado – Descuentos de Ley. Su exposición en la planilla es opcional, pero su inclusión en la misma es recomendable, dado que se puede ocultar el campo no genera mayor problema.

Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado, conocido como RC-IVA Dependientes es el tributo determinado al personal dependiente mediante su propia planilla, así que en la práctica este campo hemos de obtener de una planilla adicional.

Otros Descuentos, este campo también se obtiene de otra planilla que tiene distintos conceptos por descuentos, como ser: multas y sanciones, descuento por préstamos, aportes al sindicato, aportes al club deportivo, otros descuentos de acuerdo entre empleador, trabajador y proveedor, como ser pulpería, etc. Si bien en alguna parte existe una norma imponiendo que algunos descuentos no deben superar el 20% del Total Ganado, existe lagunas que empeoran la situación del trabajador yendo por el embargo completo de su sueldo, no estudiaremos esta situación.

Existe una mala práctica de no incluir algunos descuentos dentro la planilla y descontar al momento de pagar conceptos en una planilla ‘extraoficial’ lo cual al detectarse en un examen de control interno eleva el riesgo en obligaciones y gastos laborales.

Total Descuento, es el resultado de los ‘Descuentos de Ley’, ‘RC-IVA Dependiente’ y ‘Otros Descuentos’, en caso de tener la columna ‘Sueldo Neto’ tenemos que tener cuidado de no incluir este campo al realizar la sumatoria.

Liquido Pagable, es lo que efectivamente percibirá el trabajador, y corresponde a la diferencia entre el Total Ganado y el Total Descuento, se lo puede considerar como sueldo neto. Hacemos notar que de los descuentos de ley un 10% del Total Ganado no se percibe de forma inmediata, sino va al fondo personal de ahorro en las Administradoras de Fondo de Pensiones.

Puede existir un campo para las rúbricas una vez impresa la planilla, esto para el control del Ministerio de Trabajo, debe elaborarse las papeletas de sueldo en base a esta planilla, con un mínimo de dos copias, una para el empleador, y otra para el trabajador.


jueves, 5 de febrero de 2015

Introducción a Planillas

Cualquier empresa que necesite el recurso humano para el normal desarrollo de sus actividades, requiere encontrar la forma de remunerar al personal en compensación al trabajo realizado para lograr los objetivos de la empresa, en un entorno en el cual esta relación se encuentra regulada por el Estado tenemos que recurrir a las planillas laborales para el control de los actores que participan en esta relación.

Si bien existen algunos formatos para la elaboración de estas planillas, existen algunas que se dejan a la creatividad del artista (contador) para el diseño de las mismas en base a su entorno normativo en el que se desenvuelve. Dado a que no existe un estándar para la elaboración de todas las planillas, y a las escuelas que puede encontrarse dentro la profesión (mi concepción sobre las diferentes áreas en las que se puede trabajar), carecemos de autoridad para establecer un estándar (autoridad que recae en nuestro gremio).

Mi intención en consecuencia recae en abarcar las planillas que se elaboran en aspectos básicos, proporcionando los pinceles para que puedan pintarlo de acuerdo a su perspectiva de la realidad, utilizando de forma eficiente la poderosa herramienta que resultan las hojas electrónicas, y no solo como herramientas primitivas para dar formato y hacer simples cálculos.

La experiencia me permite afirmar que si bien existen profesionales en ofimática peritos en su área no siempre entienden nuestros trazos en nuestro óleo, así como nosotros no deseamos involucrarnos demasiado en las discusiones teológicas de los expertos en derecho, por muy pertinente sea a nuestra área. De tal forma que cuando encargamos la elaboración de un software para el desarrollo de nuestras actividades, muchas veces nos encontramos insatisfechos con el resultado, cargando parte de la responsabilidad por no haber aclarado de forma clara nuestras necesidades, considerando que aquello que nosotros consideramos básico y elemental, lo es para todo mundo.

Por lo expuesto en el párrafo anterior, considero relevante explicar los aspectos básicos de las planillas, así como de las funciones de Excel que hemos de utilizar para elaborar las mismas, ya que al omitirse lo anterior caería en una contradicción personal, ya que deseo que este material esté al alcance de cualquier persona, independiente a su formación anterior. Si uno considera que ya tiene la base necesaria en algún punto, es libre de saltar el mismo a aquello que es nuevo.

Si tienen críticas al contenido del blog, son libres de hacerlas conocer dentro del marco de respeto, para que yo pueda actuar en consecuencia a ello, mejorando el contenido del mismo. En caso de dudas sobre el contenido, si se encuentra bajo mi área de conocimiento aclarar algunos puntos o casos, en el tiempo que mis obligaciones personales me permitan hacerlo.

Clasificación de Planillas

A falta de un mejor termino conocido (por mi persona) he utilizado “clasificación” para enumerar las planillas que se elaboran dentro la actividad normal de una empresa de naturaleza comercial, dejando de lado a empresas industriales, mineras, servicios, etc. Sin embargo dejaremos suficiente información para que puedan adaptar las mismas a sus necesidades.

Mensuales
  1. Control de Asistencia
  2. Sueldos y Salarios
  3. Sueldos y Jornales
  4. RC-IVA Dependientes
  5. Aportes Patronales
  6. Beneficios Sociales
  7. Asignaciones Familiares
  8. Seguridad Social a Largo Plazo

Trimestrales
  1. Sueldos y Salarios – Ministerio de Trabajo

Anuales
  1. Incremento Salarial
  2. Participación de Utilidades (Industriales)
  3. Aguinaldo
  4. Segundo Aguinaldo (si corresponde)
  5. Previsión para Indemnizaciones